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Nuevo Decreto Regula el Sistema de Pensiones en Colombia: Claves de la Reforma

El Decreto 1225 de 2024 establece las normas para la implementación de la Ley 2381 de 2024, que transforma el sistema de pensiones en Colombia bajo un esquema de pilares. Esta reforma busca garantizar una mayor cobertura y sostenibilidad financiera para el sistema de jubilación.

Estructura del Nuevo Sistema de Pensiones

El modelo se basa en cuatro pilares que organizan la protección social según los ingresos y la capacidad de cotización de los ciudadanos:

1. Pilar Solidario: Proporciona una renta básica a adultos mayores en condición de pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad. Este beneficio es financiado con recursos del Presupuesto General de la Nación y del Fondo de Solidaridad Pensional.

2. Pilar Semicontributivo: Dirigido a personas que, aunque han realizado aportes al sistema, no cumplen los requisitos para obtener una pensión completa. Se les otorga una compensación económica proporcional a sus contribuciones.

3. Pilar Contributivo: Es obligatorio para trabajadores dependientes, independientes y servidores públicos. Se divide en dos componentes:

• Prima Media: Administrado por Colpensiones, donde cotizan quienes ganan hasta 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV).

• Ahorro Individual Complementario (ACCAI): Para ingresos superiores a 2,3 SMLMV, los aportes adicionales se destinan a una cuenta de ahorro individual en una entidad elegida por el afiliado.

4. Pilar de Ahorro Voluntario: Permite a las personas realizar aportes adicionales para mejorar su pensión futura.

El Decreto establece que todos los aportes del Pilar Contributivo se realizarán a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) o un mecanismo similar. Además, la base máxima de cotización se fijó en 25 SMLMV, asegurando un límite en los aportes obligatorios.

Con la implementación del nuevo sistema, Colpensiones asume la administración del Componente de Prima Media del Pilar Contributivo. Quienes cotizaban en Colpensiones antes del 16 de julio de 2024 y no cumplen con el Régimen de Transición deberán elegir una entidad para administrar su Ahorro Individual Complementario antes del 16 de enero de 2025. Si no lo hacen, serán asignados automáticamente.

El decreto enfatiza la necesidad de garantizar la estabilidad financiera del modelo, estableciendo que el financiamiento provendrá de los aportes de los trabajadores, el Estado y los ingresos generados por la inversión de los fondos acumulados. Además, se plantea una vigilancia estricta sobre el uso de los recursos para evitar déficits fiscales.

Esta reforma busca mejorar la equidad y sostenibilidad del sistema de pensiones, ampliando la cobertura y asegurando una distribución más justa de los recursos destinados a la vejez en Colombia.

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